Micelio
Auto5 de febrero de 2020

A- de 2020

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Silvia Lara Fajardo·Demandado Alcaldia Mayor De Cartagena Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Inexistencia por inobservancia de los principios que informan el trámite de la acción de tutela
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Undécimo Penal Municipal de Cartagena con Función de Control de Garantías y el Juzgado Doce Administrativo del Circuito de la misma ciudad.

En este caso constató la Corte que ni siquiera se configuró un conflicto aparente de competencia, en tanto no se dio el presupuesto relacionado con que dos autoridades judiciales se nieguen a asumir el conocimiento del proceso de tutela.

Lo que sucedió, fue que el secretario del juzgado penal municipal manifestó la incompetencia del titular del despacho, basándose aparentemente en una regla de reparto respecto de la naturaleza de la entidad accionada, mientras que la otra autoridad judicial sí se declaró incompetente para tramitarla.

En este orden de ideas consideró la Sala que quien debe dar trámite a la solicitud de amparo es el Juzgado Undécimo Penal Municipal de Cartagena con Función de Control de Garantías, a donde se dispone enviar el expediente para que adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Se hace una advertencia a este despacho para que en lo sucesivo se abstenga de negar su competencia para el conocimiento de las acciones de tutela que le son repartidas, a través de oficios secretariales y con base en las reglas de reparto contenidas en los Decretos 1069 de 2015 y 1983 de 2017, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corporación, pone en riesgo la eficacia de los derechos fundamentales y afecta la efectividad de la acción constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REMITIR el expediente ICC-3789 Juzgado
  2. Undécimo. Penal Municipal de Cartagena con Función de Control de Garantías, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
  3. Segundo. ADVERTIR al Juzgado
  4. Undécimo. Penal Municipal de Cartagena con Función de Control de Garantías que, en lo sucesivo, se abstengan de negar su competencia para el conocimiento de las acciones de tutela que les son repartidas, a través de oficios secretariles y con base en las reglas de reparto contenidas en los Decretos 1069 de 2015 y 1983 de 2017, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional, pone en riesgo la eficacia de los derechos fundamentales y afecta la efectividad de la acción de tutela misma.
  5. Tercero. Por la Secretaría General de la corporación, COMUNICAR la presente decisión a la parte demandante y al Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Cartagena.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.